martes, 13 de octubre de 2009

Resolución 3050

VISTO:

La Resolución Nº 1116/06 C.G.E. y sus ampliatorias Nº 1831/06 C.G.E. y Nº 3584/07 C.G.E., de Convocatoria a Concurso Ordinario de Ingreso, Reingreso, Pase y Traslado hasta Director de Cuarta Categoría y Suplencias, Suplencias de Ascenso en todos los Cargos del Escalafón Docente de Nivel Inicial y Nivel Primario en todas sus Modalidades; y

CONSIDERANDO:

Que la Normativa Concursal establece como tope de antigüedad la fecha de cierre de inscripción;

Que muchos docentes que a la fecha reúnen la antigüedad específica para los cargos que lo requieren no pueden concursar;

Que es necesario ampliar el tope de antigüedad para posibilitar la participación de todos los aspirantes que a la fecha de emisión de los Listados Oficiales reúnan el requisito de antigüedad específica;

Que Jurado de Concursos ha expresado la necesidad de ampliar el tope de antigüedad, dados los innumerables reclamos que ha recibido de docentes de la Provincia;

Que es voluntad del Consejo General de Educación garantizar el derecho a concursar de todos los docentes que a la fecha reúnen el requisito de antigüedad específica;

Por ello;

EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Ampliar el tope de antigüedad en el cargo y/o modalidad hasta el 30 de Junio de 2009.-
ARTÍCULO 2º: Determinar que la presente norma legal tendrá vigencia para elaborar los Listados Oficiales de aspirantes para el Concurso de Titularidad, Reingreso, Traslado, Pase, hasta Director de 4ª Categoría, Suplencias y Suplencias de Ascenso en todos los Cargos del Escalafón Docente de Nivel Inicial y Nivel Primario en todas sus Modalidades convocado por Resoluciones Nº 1116/06, Nº 1831/06 y Nº 3584/07 C.G.E.-

ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, remitir copia autenticada a: Presidencia, Vocalía, Secretaría General, Jurado de Concursos, Tribunal de Calificaciones y Disciplina, Direcciones de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Direcciones Departamentales de Escuelas, Centro de Documentación e Información Educativa y remitir las actuaciones a Jurado de Concursos a sus efectos.-
Publicado por Agmer María Grande en 15:30 0 comentarios

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